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Formato estándar de contrato: Acuerdo de Confidencialidad

Solicita tu contrato personalizado para precautelar tu información estratégica

En LegalContratos Ecuador, sabemos que la información es el activo más valioso de cualquier empresa en la economía del conocimiento. Ideas innovadoras, estrategias de negocio, listas de clientes, procesos internos y desarrollo de productos son el motor de su ventaja competitiva. Para proteger estos activos intangibles antes de cualquier colaboración, negociación o interacción comercial, el Acuerdo de Confidencialidad (NDA) se erige como el guardián esencial. Este documento no es una mera formalidad; es una herramienta preventiva que blinda su información crucial.

¿Qué es un Acuerdo de Confidencialidad y por qué es una herramienta indispensable?

Un Acuerdo de Confidencialidad (conocido también por sus siglas en inglés, NDA – Non-Disclosure Agreement) es un contrato legal que establece una relación de confidencialidad entre dos o más partes. En él, una de las partes (La Parte Receptora) se compromete a no divulgar información secreta o sensible revelada por la otra parte (La Parte Reveladora), y a utilizarla únicamente para el propósito específico acordado.

Este acuerdo es una herramienta indispensable porque:

  • Protege Secretos Comerciales: Asegura que su know-how, procesos y datos exclusivos no caigan en manos de competidores.
  • Fomenta la Colaboración Segura: Permite compartir información vital con socios potenciales, inversionistas o proveedores sin riesgo de uso indebido.
  • Preserva la Ventaja Competitiva: Evita que sus innovaciones o estrategias sean copiadas o explotadas por terceros.
  • Delimita Responsabilidades: Establece claramente qué información es confidencial, cómo debe ser manejada y las consecuencias de su incumplimiento.
  • Facilita Negociaciones: Brinda un marco de confianza necesario para discutir proyectos complejos y de alto valor.
  • Refuerza la Cumplimiento de la LOPDP: Al manejar datos personales, un NDA complementa las obligaciones de la Ley de Protección de Datos Personales.

Aplicaciones Comunes de este Acuerdo en el Contexto Ecuatoriano

El Acuerdo de Confidencialidad es versátil y se utiliza en un amplio espectro de situaciones empresariales en Ecuador:

  • Negociaciones de Fusiones y Adquisiciones (M&A): Cuando se comparte información financiera y estratégica.
  • Desarrollo de Nuevos Productos o Proyectos: Al colaborar con desarrolladores externos, consultores o empresas conjuntas.
  • Relaciones con Proveedores y Contratistas: Cuando estos tienen acceso a información sensible para la prestación de sus servicios.
  • Discusiones con Inversionistas: Al presentar modelos de negocio y proyecciones financieras.
  • Procesos de Due Diligence: En la revisión de información empresarial antes de una transacción.
  • Procesos de Selección de Personal Clave: Especialmente para cargos que tendrán acceso a información privilegiada.
  • Al compartir secretos industriales o procesos de fabricación.

Marco Legal: La Defensa de la Información en Ecuador

En Ecuador, el Acuerdo de Confidencialidad se sustenta en varias normativas que protegen la información y los secretos empresariales:

  1. Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (COESCCI): Es la principal ley que, en su Libro II, Título IV (De los Secretos Empresariales e Industriales), reconoce y protege la información no divulgada que cumple ciertos requisitos (secreto, valor comercial, medidas razonables para mantenerla secreta). Un NDA es una de las “medidas razonables” para su protección.
  2. Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP): Si la información confidencial incluye datos personales, este acuerdo debe armonizarse con las obligaciones de la LOPDP en cuanto a la seguridad y el tratamiento de dichos datos.
  3. Código Civil: Rige supletoriamente los principios generales de los contratos y las obligaciones, incluyendo la responsabilidad por daños y perjuicios en caso de incumplimiento.
  4. Código Orgánico General de Procesos (COGEP): Establece los procedimientos para la aplicación de medidas cautelares en caso de violación de secretos empresariales.

Formalidad: Un Acuerdo de Confidencialidad es un contrato privado y no requiere ser elevado a escritura pública para su validez en Ecuador. Sin embargo, su redacción clara y precisa es lo que le otorga su fuerza legal. Las firmas autógrafas o electrónicas certificadas le otorgan plena validez probatoria.

Jurisprudencia: La jurisprudencia ecuatoriana ha venido reconociendo la importancia de la protección de los secretos empresariales y la información confidencial. Se ha enfatizado la necesidad de que las empresas tomen medidas activas (como la firma de NDAs) para proteger dicha información, y se han concedido indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de su divulgación no autorizada.

Consejos Legales Expertos de LegalContratos Ecuador

Mi experiencia en LegalContratos me permite enfatizar que un Acuerdo de Confidencialidad no es un mero “formato”, sino una estrategia legal. Personalizarlo a la naturaleza de su información y el propósito de la revelación es lo que le dará verdadera protección. No subestime el valor de lo que no se ve.

Nuestra experiencia con este acuerdo: Ejemplos de la vida real

Hemos asesorado a numerosas empresas en la protección de su información sensible, y he visto cómo una falta de previsión en el NDA puede generar grandes problemas:

  1. Definición Ambiguo de “Información Confidencial” en Quito: Una startup compartió su modelo de negocio innovador bajo un NDA que definía la información confidencial de forma muy genérica. Un posible inversor luego lanzó un producto similar, argumentando que la información no estaba claramente cubierta. La lección: Sea lo más específico posible en la definición de qué constituye información confidencial.
  2. Plazo de Confidencialidad Insuficiente en Guayaquil: Un desarrollador de software trabajó en un proyecto bajo un NDA con un plazo de confidencialidad muy corto. Una vez expirado el plazo, el desarrollador usó el know-how adquirido para otro cliente. Mi recomendación es establecer un plazo de confidencialidad razonable y acorde con la vida útil de la información (a menudo 3-5 años, o indefinido para secretos comerciales perennes).
  3. No Establecer Consecuencias Claras por Incumplimiento: Un NDA no contenía una cláusula de penalidad por incumplimiento, dejando al afectado con el largo y costoso camino de probar y cuantificar daños en un juicio ordinario. Es fundamental incluir sanciones y el reconocimiento del daño irreparable para facilitar la acción legal.

Análisis detallado de cada cláusula

Cada cláusula en un Acuerdo de Confidencialidad tiene un propósito fundamental:

  • Partes: Identifica claramente a la parte reveladora y a la parte receptora.
  • Antecedentes: Describe el propósito de la revelación de información (ej., negociación, proyecto conjunto).
  • Objeto del Contrato: Establece el compromiso de confidencialidad y no uso.
  • Definición de Información Confidencial: Esencial. Define qué tipo de información está protegida. Debe ser lo más clara y exhaustiva posible.
  • Excepciones a la Información Confidencial: Enumera los casos en los que la información no se considera confidencial (dominio público, conocimiento previo).
  • Obligaciones de Confidencialidad y No Uso: El corazón del acuerdo. Detalla cómo la parte receptora debe manejar la información (estricto secreto, uso exclusivo para el propósito, limitación de acceso).
  • Devolución o Destrucción de la Información: Establece qué hacer con la información una vez que su propósito ha finalizado.
  • Propiedad de la Información: Reafirma que la titularidad sigue siendo de la parte reveladora, y que el acuerdo no otorga licencias implícitas.
  • Plazo: Define la duración del compromiso de confidencialidad.
  • Sanciones por Incumplimiento: De máxima importancia. Establece las consecuencias legales y económicas (multas, indemnizaciones, medidas cautelares) en caso de violación.
  • Ley Aplicable y Resolución de Controversias: Indispensable. Designa la ley aplicable (Ecuador, COESCCI) y el mecanismo para resolver disputas (mediación y jurisdicción ordinaria), proporcionando seguridad jurídica.
  • Independencia de las Partes: Aclara que el NDA no crea otras relaciones legales.
  • Notificaciones: Establece los canales formales de comunicación.

Errores comunes a evitar

  • Definir la información confidencial de forma vaga: Dejará vacíos que pueden ser explotados.
  • No especificar el propósito de la revelación: El uso de la información debe ser limitado a un fin específico.
  • Olvidar las cláusulas de “Excepciones”: Son cruciales para determinar cuándo la información deja de ser confidencial.
  • No establecer un plazo de confidencialidad realista: Debe ser acorde con la vida útil de la información.
  • Carecer de cláusulas de indemnización o penalidad: Dificultará la reparación del daño en caso de incumplimiento.
  • No incluir cláusulas de “Propiedad de la Información”: Es vital para asegurar que la titularidad de su know-how no se ve afectada.
  • Usar un NDA unilateral cuando se requiere uno bilateral: Adaptar el modelo a la dinámica de la interacción.

Su Conocimiento, Nuestra Protección Legal: LegalContratos Ecuador

Su información estratégica es un tesoro que merece ser protegido con la máxima diligencia. En LegalContratos Ecuador, nuestro equipo de abogados especializados en derecho empresarial y propiedad intelectual está preparado para asesorarle en la redacción y negociación de su Acuerdo de Confidencialidad, garantizando que sus secretos estén seguros y que sus relaciones de negocio se construyan sobre la confianza y la seguridad jurídica.

Autor: Carlos Efraín Chávez Mora, Director de LegalContratos Ecuador

Fecha de última revisión y actualización: 24 de junio de 2025.