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LegalContratos Ecuador

Modelo de minuta de contrato de Constitución de Compañía Anónima

Los abogados de contratación pública, lo redactamos con estructura clave para su proyecto empresarial

¿Qué es la Constitución de una Compañía Anónima y por qué es una elección estratégica para su negocio en Ecuador?

La Constitución de una Compañía Anónima (S.A. o C.A.) es el proceso legal mediante el cual dos o más personas (naturales o jurídicas) se unen para crear una persona jurídica distinta a ellas mismas, con un capital dividido en acciones que pueden ser libremente negociadas. Es la forma societaria más utilizada para grandes empresas y aquellas que buscan atraer inversión, debido a su estructura flexible, la limitación de la responsabilidad de los accionistas al monto de sus aportes y la facilidad para la transferencia de la propiedad (acciones).

Desde LegalContratos Ecuador, hemos asistido a innumerables emprendedores y empresarios en el establecimiento de sus compañías anónimas. Nuestra experiencia nos ha demostrado que esta figura no solo brinda un marco robusto para el crecimiento y la atracción de capital, sino que también ofrece una clara separación entre el patrimonio personal de los socios y el de la empresa, un escudo fundamental ante los riesgos inherentes a toda actividad comercial. Es la elección por excelencia para proyectos ambiciosos y con miras a la expansión.

Aplicaciones Comunes de la Constitución de Compañía Anónima en el Contexto Ecuatoriano

La Compañía Anónima es la estructura predilecta para diversos tipos de negocios en Ecuador:

  • Grandes Proyectos e Inversiones: Empresas que requieren grandes capitales, como desarrollos inmobiliarios, proyectos energéticos, o industrias manufactureras de gran escala. La facilidad de captación de capital a través de la emisión de acciones la hace ideal.
  • Empresas con Múltiples Socios o Inversionistas: Cuando hay varios socios o se planea incorporar inversionistas a futuro (ej., fondos de inversión, venture capital), la estructura accionaria permite una clara distribución de la propiedad y una entrada y salida más sencilla de los mismos.
  • Negocios Familiares con Proyección de Crecimiento: Para organizar el patrimonio familiar y facilitar la sucesión empresarial, separando la propiedad de la gestión.
  • Empresas que Buscan Cotizar en Bolsa: La Compañía Anónima es la única forma jurídica que permite la negociación de sus acciones en mercados de valores, abriendo una vía importante para la financiación.
  • Sociedades que Operarán en Sectores Regulados: Muchas actividades, como las financieras, de seguros, o de telecomunicaciones, suelen exigir la forma de Compañía Anónima para su constitución y operación.

Diferencias Clave con Otros Tipos de Compañías o Sociedades en Ecuador

Es fundamental distinguir la Compañía Anónima de otras formas societarias:

  • Diferencia con la Compañía de Responsabilidad Limitada (Ltda.):
    • Capital: En la C.A., el capital se divide en acciones y son libremente transferibles (salvo pacto en contrario). En la Ltda., el capital se divide en participaciones y su transferencia es más restringida (requiere consentimiento de otros socios).
    • Número de Socios: La C.A. requiere mínimo dos accionistas. La Ltda. también, aunque existe la Empresa Unipersonal de Responsabilidad Limitada (E.U.R.L.) para un solo socio.
    • Responsabilidad: En ambas, la responsabilidad de los socios es limitada al monto de su aporte.
    • Administración: En la C.A., la administración es más flexible (Gerente, Presidente). En la Ltda., puede ser un Gerente.
    • Control de la Superintendencia: Ambas están bajo el control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
  • Diferencia con la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS):
    • Número de Socios: La SAS puede constituirse con un solo socio. La C.A. requiere mínimo dos.
    • Formalidades: La SAS es más simple en su constitución y operación, con menos formalidades y costos iniciales que la C.A.
    • Flexibilidad Estatutaria: La SAS permite una mayor libertad para pactar acuerdos entre socios en sus estatutos. La C.A. es más rígida y apegada a la Ley de Compañías.
    • Transparencia y Control: La C.A. generalmente tiene mayores exigencias de información y control por parte de la Superintendencia.

Consejos Legales Expertos de abogados para contratos:

Nuestra experiencia en nuestra firma LegalContratos Ecuador con la constitución de Compañías Anónimas nos permite ofrecerle consejos cruciales:

  • La Delimitación Precisa del Objeto Social: Aunque la Ley permite un objeto amplio, definirlo con claridad es fundamental para evitar problemas futuros con el Registro Mercantil o la Superintendencia. Un objeto social muy genérico puede generar observaciones, mientras que uno demasiado limitado puede impedir a la compañía realizar actividades conexas. “Un objeto social bien definido es el mapa de su negocio”. Le asesoramos para que su objeto social sea lo suficientemente amplio para sus planes futuros, pero suficientemente específico para cumplir con la normativa.
  • El Capital Social y su Sustentación: El capital mínimo para una S.A. es de USD 800,00. Sin embargo, es vital que este capital sea coherente con la magnitud de su proyecto y sus necesidades operativas iniciales. Además, la sustanciación del pago (certificado bancario) es un requisito sine qua non. “El capital es el músculo financiero inicial, hágalo consistente con su visión”.
  • La Designación del Primer Administrador (Gerente/Presidente): La persona designada debe ser mayor de edad, hábil para contratar y no tener prohibiciones legales. Asegúrese de que el designado comprenda sus responsabilidades legales y fiduciarias. “El liderazgo de la compañía comienza con la designación correcta”.
  • Los Acuerdos entre Accionistas y los Estatutos: Los estatutos son la “constitución” de su compañía. Más allá de lo legal, es el momento para que los socios establezcan acuerdos sobre toma de decisiones, distribución de utilidades, resolución de conflictos, y mecanismos de salida o entrada de socios. “Anticipe el futuro: un estatuto claro evita futuros conflictos”. Hemos guiado a socios en la inclusión de cláusulas que protegen los intereses minoritarios, establecen derechos de preferencia o mecanismos de valoración en caso de compraventa de acciones.

Análisis Detallado de las Cláusulas Esenciales de una Escritura Pública de Constitución de Compañía Anónima

Comprender el “por qué” de cada cláusula es vital para la solidez de su Compañía Anónima:

  • Cláusula Primera: Constitución y Tipo de Compañía: Establece la voluntad de los socios de crear la persona jurídica y se sujeta a la Ley de Compañías, sentando las bases legales.
  • Cláusula Segunda: Denominación o Razón Social: Define el nombre oficial de la empresa. La Superintendencia de Compañías verifica que no existan nombres idénticos o similares que puedan generar confusión.
  • Cláusula Tercera: Domicilio: Determina la sede legal de la compañía, crucial para efectos tributarios, notificaciones legales y la jurisdicción aplicable.
  • Cláusula Cuarta: Objeto Social: Describe las actividades comerciales a las que se dedicará la compañía. Es el propósito de su existencia y debe ser lícito y específico.
  • Cláusula Quinta: Plazo de Duración: Fija el tiempo de vida de la compañía, aunque suele ser prorrogable.
  • Cláusula Sexta: Capital Social: Detalla el monto del capital, su división en acciones, el valor nominal de cada acción, y cómo se ha suscrito y pagado. Es la base financiera de la empresa y su patrimonio inicial.
  • Cláusula Séptima: Administración y Representación Legal: Define la estructura de gobierno (Junta de Accionistas, Administradores) y quién ejercerá la representación legal (Gerente General o Presidente), crucial para las operaciones diarias.
  • Cláusula Octava: Juntas Generales de Accionistas: Regula el funcionamiento del órgano supremo de la compañía, cómo se convocan las reuniones, sus tipos y su poder para tomar decisiones vinculantes.
  • Cláusula Novena: Transferencia de Acciones: Establece las reglas para la compraventa de las acciones, que suelen ser libremente transferibles, pero pueden tener limitaciones acordadas entre socios.
  • Cláusula Décima: Ejercicio Económico y Balance: Define el período contable de la compañía y la obligación de preparar sus estados financieros, esencial para la transparencia y fiscalización.
  • Cláusula Undécima: Disolución y Liquidación: Prevé los escenarios y el proceso para el fin de la vida jurídica de la compañía, así como la distribución final de activos.
  • Cláusula Duodécima: Normas Supletorias: Asegura que, en caso de vacío en el estatuto, se aplicará la Ley de Compañías y demás normativa pertinente.

Errores Comunes a Evitar al Constituir una Compañía Anónima

  • Nombre de la Compañía no Verificado: No realizar la reserva de nombre previa en la Superintendencia de Compañías, lo que puede alargar el proceso si el nombre ya existe o es muy similar a otro.
  • Objeto Social Vago o Excesivamente Restrictivo: Un objeto social mal definido puede generar observaciones en la inscripción o limitar las actividades futuras del negocio.
  • Capital Social Insuficiente: Un capital muy bajo puede dificultar la obtención de créditos, generar desconfianza en proveedores o clientes, o no ser acorde con la magnitud del proyecto.
  • Errores en la Documentación del Aporte de Capital: No presentar el certificado bancario que justifique el depósito del capital o errores en el monto.
  • No Establecer Acuerdos Claros entre Socios: Descuidar la redacción de los estatutos sobre la toma de decisiones, la distribución de utilidades o la resolución de conflictos, lo que puede llevar a fricciones futuras.
  • Ignorar Trámites Post-Constitución: Creer que el proceso termina con la inscripción en el Registro Mercantil. Faltan trámites como la obtención del RUC, permisos municipales, registro en el IESS, etc.
  • No Contar con Asesoría Legal Especializada: Intentar realizar el proceso sin el acompañamiento de un abogado experto, lo que puede llevar a errores, retrasos y costos adicionales.

Proceso y Pasos a Seguir para la Constitución de una Compañía Anónima en Ecuador

  1. Reserva de Nombre: Verificar y reservar la denominación deseada en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
  2. Apertura de Cuenta de Integración de Capital: Abrir una cuenta bancaria a nombre de la compañía en formación y depositar el capital social mínimo requerido o la parte pagada. Obtener el certificado de depósito.
  3. Redacción de la Minuta de Constitución: Un abogado experto (como los de LegalContratos Ecuador) redacta la minuta (borrador de la escritura) que contendrá todos los detalles de la compañía, incluyendo sus estatutos.
  4. Otorgamiento de la Escritura Pública: Los socios comparecen ante Notario Público con la minuta y los documentos de respaldo para firmar la Escritura Pública de Constitución. El Notario revisa la legalidad y la protocoliza.
  5. Aprobación de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros: La Escritura Pública se presenta ante la Superintendencia, que revisa que cumpla con todos los requisitos legales y estatutarios. Una vez aprobada, emite una resolución.
  6. Inscripción en el Registro Mercantil: Con la resolución de la Superintendencia, la Escritura de Constitución se inscribe en el Registro Mercantil del domicilio de la compañía. Con esta inscripción, la compañía adquiere personalidad jurídica.
  7. Obtención del Registro Único de Contribuyentes (RUC): Una vez inscrita, se procede a obtener el RUC en el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  8. Obtención de Licencias y Permisos: Realizar los trámites para la obtención de la Licencia Única de Actividades Económicas (LUAE) en el GAD Municipal y cualquier otro permiso sectorial o sanitario según el objeto social.
  9. Registro en el IESS: Si la compañía tendrá empleados, debe registrarse como empleador en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
  10. Apertura de Cuenta Bancaria Definitiva: Abrir una cuenta bancaria definitiva a nombre de la compañía ya constituida.

Glosario de Términos Clave de la Constitución de Compañía Anónima

  • Accionista: Propietario de una o más acciones de la compañía.
  • Acción: Parte alícuota del capital social, representa una porción de la propiedad de la compañía y otorga derechos a su titular.
  • Capital Social: El monto de dinero o bienes que los socios aportan a la compañía al momento de su constitución.
  • Denominación Social: El nombre legal de la compañía.
  • Domicilio Social: La sede principal de la compañía.
  • Estatutos Sociales: El conjunto de normas internas que regulan el funcionamiento de la compañía, los derechos y obligaciones de los socios, y la administración.
  • Gerente General/Presidente: Representante legal y administrador principal de la compañía.
  • Junta General de Accionistas: Órgano supremo de la compañía, integrado por todos los accionistas.
  • Minuta de Constitución: El borrador o proyecto de la escritura pública de constitución.
  • Objeto Social: Las actividades económicas a las que se dedicará la compañía.
  • Registro Mercantil: Entidad donde se inscriben las compañías para adquirir personalidad jurídica.
  • RUC (Registro Único de Contribuyentes): Identificación fiscal de la compañía ante el SRI.
  • Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros: Organismo de control y regulación de las compañías en Ecuador.

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre la Constitución de Compañía Anónima

¿Cuántos socios se necesitan para constituir una Compañía Anónima en Ecuador? Según la Ley de Compañías de Ecuador, se requieren al menos dos (2) socios (personas naturales o jurídicas) para constituir una Compañía Anónima.

¿Cuál es el capital mínimo requerido para una Compañía Anónima? El capital social mínimo requerido para la constitución de una Compañía Anónima en Ecuador es de USD 800,00 (Ochocientos Dólares de los Estados Unidos de América).

¿Qué tiempo toma el proceso de constitución de una Compañía Anónima? El tiempo puede variar, pero en promedio, desde la reserva de nombre hasta la obtención del RUC, el proceso puede tomar entre 15 a 30 días hábiles, dependiendo de la agilidad en la entrega de documentos, la notaría y los tiempos de procesamiento de la Superintendencia de Compañías y el Registro Mercantil.

Consideraciones Fiscales y Tributarias Locales en Ecuador

La Constitución de una Compañía Anónima implica varias consideraciones fiscales y tributarias en Ecuador:

  • Impuesto a la Renta (IR): Una vez constituida, la Compañía Anónima es sujeto pasivo del Impuesto a la Renta sobre sus utilidades gravables, con una tarifa general del 25% (o tasas reducidas/incrementadas bajo ciertas condiciones, como reinversión de utilidades o accionistas en paraísos fiscales).
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): La compañía estará obligada a recaudar y declarar el IVA por la venta de bienes y servicios gravados. Podrá usar el IVA de sus compras como crédito tributario.
  • Impuesto a los Activos Totales (IAT): Las compañías con activos superiores a USD 500.000 (valor puede variar con las reformas) al 31 de diciembre de cada año están sujetas al IAT.
  • Impuesto a la Salida de Divisas (ISD): Aplicable si la compañía realiza transferencias al exterior (ej., pago a proveedores o accionistas extranjeros).
  • Retenciones en la Fuente: La compañía estará obligada a actuar como agente de retención de Impuesto a la Renta e IVA sobre pagos por bienes y servicios que adquiera.
  • Patente Municipal: Obligatoria para toda actividad económica, se paga anualmente al GAD Municipal de su domicilio.
  • Contribuciones al IESS: Si tiene empleados, la compañía deberá afiliar y aportar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) por los salarios y beneficios sociales.
  • Participación de Trabajadores en las Utilidades: Las compañías están obligadas a pagar el 15% de sus utilidades líquidas a sus trabajadores.

Es esencial que, una vez constituida la compañía, se realice una adecuada planificación fiscal y se cuente con un asesor contable y legal para cumplir con todas las obligaciones tributarias y evitar contingencias.

Citas y Referencias Jurídicas Relevantes

  1. Ley de Compañías del Ecuador (Libro II: De las Compañías Anónimas): Es la normativa principal que regula la constitución, funcionamiento, disolución y liquidación de las Compañías Anónimas en Ecuador.
  2. Reglamento de la Ley de Compañías: Complementa las disposiciones de la ley.
  3. Resoluciones de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros: Emite normas técnicas y operativas para el control de las compañías.
  4. Código Civil de Ecuador: Aplica supletoriamente en principios generales de los contratos y las personas jurídicas.
  5. Código Orgánico General de Procesos (COGEP): Relevante para procesos judiciales en los que la compañía sea parte.
  6. Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento: Define las obligaciones fiscales de la compañía.
  7. Ley de Fomento Productivo: Contiene incentivos fiscales y regulaciones que pueden impactar a nuevas inversiones.
  8. Jurisprudencia de la Corte Nacional de Justicia: Sentencias que hayan interpretado o aplicado la Ley de Compañías.

Autor: Carlos Efraín Chávez Mora, Director de LegalContratos Ecuador

Fecha de última revisión y actualización: 26 de junio de 2025.