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CONTRATO DE DONACIÓN CONDICIONAL: Modelo, Plantilla, Formato y Uso en Ecuador

Donación Condicional: Cuando la generosidad depende de un Evento Futuro

La donación condicional es un acto jurídico por el cual el donante transfiere gratuitamente un bien al donatario, pero la validez o la subsistencia de esta transferencia queda supeditada al cumplimiento de una condición. Una condición es un hecho futuro e incierto del cual depende el nacimiento o la extinción de un derecho. En Ecuador, las donaciones condicionales se rigen por las disposiciones del Código Civil sobre las obligaciones condicionales, específicamente en el Libro IV, Título II, “De las Obligaciones Condicionales y Modales”, en concordancia con las normas de la donación entre vivos en el Libro III.

Este tipo de donación es particularmente útil cuando el donante desea que el bien sea aprovechado de una determinada manera, o que el donatario cumpla con ciertos requisitos antes de consolidar la propiedad. Las condiciones pueden ser de dos tipos principales:

  • Condición Suspensiva: La donación no produce efectos sino hasta que se cumple la condición. El derecho del donatario “nace” al cumplirse el evento futuro e incierto.
  • Condición Resolutoria: La donación produce efectos desde el principio, pero si se cumple la condición, el derecho del donatario “se resuelve” o extingue, y el bien debe ser restituido al donante.

Aplicaciones comunes de la donación condicional en Ecuador

La donación condicional se utiliza en escenarios donde el donante desea ejercer cierto control sobre el destino del bien o motivar una conducta en el donatario. Algunos ejemplos comunes en Ecuador incluyen:

  • Donaciones por estudios: Padres donan un inmueble o una suma de dinero a sus hijos con la condición suspensiva de que obtengan un título universitario o una beca específica, como incentivo a la educación en ciudades como Guayaquil o Quito.
  • Donaciones para emprendimientos: Un donante puede transferir capital o activos a un joven empresario con la condición suspensiva de que su negocio alcance un determinado nivel de rentabilidad o cree un número específico de empleos en ciudades como Manta o Ambato.
  • Donaciones matrimoniales: Aunque menos comunes hoy en día, históricamente se donaban bienes con la condición resolutoria de que el matrimonio no se disolviera, o con la condición suspensiva de que se contrajera matrimonio.
  • Donaciones para fines sociales: Un benefactor podría donar un terreno a una comunidad con la condición suspensiva de que se obtengan los permisos para construir un centro comunitario, o con la condición resolutoria de que el terreno no sea utilizado para un fin distinto al social en zonas rurales de la provincia de Chimborazo.
  • Donaciones sujetas a eventos futuros: Por ejemplo, donar un terreno en Esmeraldas a un familiar con la condición de que el donatario se mude a la ciudad en un plazo determinado.

Diferencias clave con otros contratos

Es esencial distinguir la donación condicional de otras figuras contractuales con las que podría confundirse:

  • Donación Pura y Simple: La principal diferencia es que en la donación pura y simple, la transferencia de propiedad es inmediata y sin sujeción a ningún evento futuro incierto. La donación condicional, en cambio, depende del cumplimiento de una condición para su validez o subsistencia.
  • Donación con Carga (Modal): Aunque ambas implican una obligación, la donación con carga impone al donatario una prestación (un “hacer” o “no hacer”) que debe cumplir. En la donación condicional, el derecho del donatario nace o se extingue por la ocurrencia de un hecho futuro e incierto, que puede ser independiente de la voluntad del donatario (ej. que llueva un día determinado) o dependiente de ella (ej. que se titule). El incumplimiento de una carga puede llevar a la revocación; el no cumplimiento de una condición suspensiva impide el nacimiento del derecho, y el cumplimiento de una resolutoria extingue el derecho.
  • Contrato de Compraventa con Condición: Si bien la compraventa también puede estar sujeta a condiciones, la donación se diferencia por su carácter gratuito. En la compraventa, la condición afecta la entrega o el pago del precio; en la donación, afecta la liberalidad.

Consejos legales: Nuestra experiencia con este contrato

Nuestra experiencia con este contrato

La donación condicional es un instrumento sofisticado que requiere una redacción precisa para asegurar que la voluntad del donante se cumpla y para evitar interpretaciones ambiguas que puedan frustrar el propósito de la donación.

Hemos asistido a un cliente en Loja que quería donar una suma de dinero a su sobrino para que estudiara medicina en el extranjero, con la condición suspensiva de que el sobrino fuera aceptado en una universidad de renombre en un plazo de dos años. En este caso, la redacción de la condición fue crucial: se especificó la necesidad de una carta de aceptación oficial y el plazo exacto. Se acordó que, si la condición no se cumplía, el dinero no sería entregado y se destinaría a otra finalidad. Esto evitó cualquier malentendido y aseguró que el dinero se usara para el fin previsto por el donante.

En otra situación, un cliente en Santo Domingo de los Tsáchilas donó un terreno a una fundación con la condición resolutoria de que, si en un plazo de cinco años no se iniciaba la construcción de un centro de rehabilitación, la donación se revertiría. La condición se redactó con un plazo claro y se estipuló que el inicio de la construcción se probaría con el permiso de edificación y el acta de inicio de obra. Esto fue esencial para establecer un mecanismo objetivo de verificación del cumplimiento de la condición y para permitir la recuperación del bien en caso de inacción.

Un error común que hemos notado es el de confundir una condición con una carga. Por ejemplo, si un donante dice “te dono mi auto si me llevas al médico cada mes”, esto es una carga, no una condición suspensiva, porque la donación del auto es inmediata, pero el donatario tiene una obligación continua. Si dice “te dono mi auto si apruebas el examen de conducir”, esa es una condición suspensiva, porque el auto solo será suyo si aprueba el examen. Distinguir entre ambas es fundamental para la correcta aplicación de las normas legales y las consecuencias de su incumplimiento.

Análisis detallado de cada cláusula

  • Encabezado y Advertencia Legal: El título de la minuta y la advertencia inicial son importantes para indicar al notario la naturaleza de la donación condicional y para recordar al usuario las precauciones. El formato de minuta es requerido para bienes inmuebles.
  • Señor Notario: La formalidad para dirigir la solicitud al Notario Público.
  • Comparecientes: Identificación completa de donante y donatario, verificando su capacidad legal.
  • Cláusula Primera: Antecedentes: Descripción precisa del bien objeto de la donación (mueble o inmueble), incluyendo todos los datos relevantes de identificación y el título de adquisición. El valor estimado es importante para efectos fiscales.
  • Cláusula Segunda: Objeto del Contrato y Condición: Esta es la cláusula central. Se declara la donación del bien, pero se especifica la condición (suspensiva o resolutoria). La redacción de la condición debe ser absolutamente clara y sin ambigüedades. Debe especificar el hecho futuro e incierto, el plazo si lo hay, y los criterios para determinar su cumplimiento o incumplimiento.
  • Cláusula Tercera: Efectos de la Condición: Esta cláusula explica las consecuencias jurídicas de la condición.
    • Para Condición Suspensiva: Se aclara que la propiedad no se transfiere hasta que la condición se cumpla. Si no se cumple, la donación se tiene por no realizada.
    • Para Condición Resolutoria: Se explica que la propiedad se transfiere de inmediato, pero que si la condición se cumple, la donación se revierte, y el donatario debe restituir el bien. Es vital especificar la devolución de los frutos en este caso.
  • Cláusula Cuarta: Declaraciones y Saneamiento: El donante declara la situación del bien (libre de gravámenes) y se obliga al saneamiento por evicción y vicios redhibitorios.
  • Cláusula Quinta: Gastos: Determinar quién asume los gastos notariales, registrales e impuestos (IHLD, alcabalas, etc.).
  • Cláusula Sexta: Jurisdicción y Competencia: Establecimiento del fuero judicial para controversias.
  • Cláusula Séptima: Aceptación y Cláusula Final: Aceptación de las partes y solicitud al notario de añadir cláusulas de estilo.

Errores comunes a evitar

  • Condiciones imposibles, ilícitas o inmorales: Una condición que no se puede cumplir, que va contra la ley o las buenas costumbres, anula la donación condicional o la condición misma.
  • Condiciones vagas o subjetivas: Si la condición es ambigua o depende de una interpretación subjetiva, puede generar litigios y dificultar la determinación de su cumplimiento o incumplimiento. La condición debe ser objetivamente verificable.
  • Confundir condición con modo o carga: Este es un error frecuente. Una condición suspende o extingue el derecho; una carga impone una obligación al donatario. Las consecuencias legales de cada una son distintas.
  • No establecer un plazo para la condición: Si la condición no tiene un plazo determinado, puede quedar incierta indefinidamente, generando inseguridad jurídica.
  • No prever la insinuación para donaciones de alto valor: Al igual que en otras donaciones de bienes de alto valor, especialmente inmuebles, se requiere la insinuación en Ecuador.

Proceso y pasos a seguir

  1. Definición de la condición: Identificar claramente el evento futuro e incierto y su impacto (suspensivo o resolutorio).
  2. Obtención de documentos: Para inmuebles, certificados de gravámenes y catastral; para muebles, documentos de propiedad y descripción detallada. Copias de cédulas de las partes.
  3. Redacción de la minuta: Completar el modelo con la descripción detallada del bien y, de forma crucial, la formulación exacta de la condición y sus efectos.
  4. Revisión legal: Es indispensable que un abogado revise la minuta para asegurar la validez de la condición, su legalidad y la claridad de sus efectos jurídicos.
  5. Insinuación de la donación (si aplica): Si la donación (especialmente de inmuebles) supera el valor legal, se requiere la insinuación judicial o notarial.
  6. Otorgamiento de escritura pública: Si es un inmueble, acudir a la notaría para protocolizar el contrato. Para bienes muebles de gran valor, también es recomendable.
  7. Pago de impuestos: Liquidar los impuestos correspondientes, como el IHLD y, si aplica, alcabalas y plusvalía.
  8. Inscripción (si aplica): Registrar la escritura en el Registro de la Propiedad para inmuebles o en el registro correspondiente para bienes muebles que lo requieran (ej. vehículos).
  9. Verificación del cumplimiento de la condición: Una vez otorgada la donación, las partes deberán estar atentas al cumplimiento o no cumplimiento de la condición. En caso de incumplimiento de una condición resolutoria, se deberá iniciar la acción de revocación.

Glosario de términos

  • Condición Suspensiva: Evento futuro e incierto del cual depende el nacimiento de un derecho.
  • Condición Resolutoria: Evento futuro e incierto del cual depende la extinción o resolución de un derecho ya existente.
  • Hecho Futuro e Incierto: Característica esencial de una condición.
  • Revocación: En el caso de condición resolutoria, el acto por el cual el donante recupera el bien al cumplirse la condición.
  • Insinuación: Autorización judicial o notarial para donaciones de alto valor.

Preguntas frecuentes integradas

  • ¿La condición puede depender de la voluntad del donante? No, una condición no puede depender únicamente de la voluntad del donante, ya que esto iría en contra de la irrevocabilidad de la donación. Debe ser un hecho ajeno a su mera voluntad o al menos depender de la voluntad del donatario o de un tercero.
  • ¿Se pueden establecer plazos para las condiciones? Sí, es altamente recomendable establecer plazos para las condiciones, especialmente para las suspensivas, para evitar que la situación jurídica del bien permanezca incierta indefinidamente. Si no se establece un plazo, se aplicarán los plazos legales supletorios si existen, o la condición podría considerarse fallida después de un tiempo razonable.
  • ¿Qué pasa si la condición es imposible de cumplir? Si la condición es imposible de cumplir, el Código Civil ecuatoriano establece que se tendrá por no puesta, y la donación se considerará pura y simple, a menos que la imposibilidad sea la razón de ser de la donación, en cuyo caso podría ser nula. Sin embargo, si la condición es imposible, la donación no producirá efectos.
  • ¿Las donaciones condicionales pagan impuestos en Ecuador? Sí, están sujetas al Impuesto a la Herencia, Legados y Donaciones (IHLD) a nivel nacional, y para inmuebles, también a impuestos municipales como alcabalas y posible plusvalía. La base imponible y el momento de su cálculo pueden variar dependiendo de si la condición es suspensiva o resolutoria.

Consideraciones fiscales y tributarias locales

En Ecuador, las donaciones condicionales están sujetas al Impuesto a la Herencia, Legados y Donaciones (IHLD). Sin embargo, la exigibilidad del impuesto puede variar. En el caso de una condición suspensiva, el impuesto podría ser exigible una vez que la condición se cumpla, ya que en ese momento se perfecciona la transferencia de dominio. Para una condición resolutoria, el impuesto podría ser exigible desde la donación, con posibilidad de devolución si la condición se cumple y la donación se revierte. Es crucial consultar al Servicio de Rentas Internas (SRI) y a un experto tributario para una correcta aplicación.

Tratamiento de casos específicos (del país)

La insinuación de la donación es un requisito en Ecuador para donaciones de alto valor, incluyendo las condicionales, especialmente si son inmuebles. La redacción de la condición debe ser precisa y no debe ser meramente potestativa del donante (que dependa solo de su voluntad), ya que esto iría contra la naturaleza de la donación como acto irrevocable una vez aceptada. La jurisprudencia ecuatoriana ha insistido en la claridad de las condiciones para evitar litigios sobre su cumplimiento o incumplimiento.

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Recomendación de LegalContratos Ecuador

Sugerimos encarecidamente la asesoría de abogados especializados de LegalContratos Ecuador para adecuar este modelo de contrato a la normativa vigente y prevenir futuros conflictos. La formulación de condiciones es un aspecto delicado del derecho contractual. Una condición mal redactada o ilegal puede invalidar la donación o generar disputas interminables. Es esencial la precisión en la definición de la condición, sus efectos y el cumplimiento de las formalidades, como la insinuación si aplica.

Autor: Abg. Carlos Efraín Chávez Mora, Director de Legal Contratos, abogado litigante y experto en Derecho contractual.