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Plantilla gratuita de contrato de Venta Internacional de Mercaderías

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En LegalContratos Ecuador, sabemos que el comercio global es una fuente inagotable de oportunidades, pero también un terreno fértil para desafíos. Para las empresas ecuatorianas que buscan importar insumos o exportar sus productos al mundo, un Contrato de Venta Internacional de Mercaderías bien estructurado no es un mero formalismo; es el pilar que asegura la transparencia, la seguridad y el éxito de cada transacción transfronteriza.

¿Qué es un Contrato de Venta Internacional de Mercaderías y por qué es fundamental?

Este contrato es el acuerdo legal que establece los términos y condiciones bajo los cuales un vendedor (ubicado en un país) se compromete a entregar mercaderías a un comprador (ubicado en otro país), y este último se obliga a pagar un precio por ellas. No es solo un documento; es la hoja de ruta que rige cada aspecto de la operación: desde la calidad del producto y el precio, hasta la forma de pago, la entrega, el reparto de riesgos y las responsabilidades en caso de incumplimiento.

Su importancia radica en que minimiza la incertidumbre y previene litigios, al establecer reglas claras reconocidas por el derecho internacional y la práctica comercial.

Aplicaciones Comunes de este Contrato en el Contexto Ecuatoriano e Internacional

Este contrato es indispensable para cualquier empresa ecuatoriana involucrada en el comercio exterior:

  • Exportación de Productos Agrícolas: Un productor de cacao en Esmeraldas vende su cosecha a una chocolatera en Europa. El contrato especificará la calidad del grano, el embalaje, el puerto de embarque (FOB Esmeraldas), y la forma de pago (carta de crédito).
  • Importación de Maquinaria Industrial: Una fábrica de plásticos en Guayaquil compra nueva maquinaria de China. El contrato detallará las especificaciones técnicas, las pruebas de calidad, el Incoterm (CIF Guayaquil), el calendario de pagos y las garantías.
  • Venta de Manufacturas: Una empresa textil en Cuenca vende prendas de vestir a una cadena minorista en Estados Unidos. El contrato definirá los diseños, cantidades, condiciones de entrega (DDP almacén del comprador en EE.UU.), y la resolución de disputas.
  • Comercio Electrónico B2B Transfronterizo: Cuando una empresa ecuatoriana vende sus productos a gran escala a otra empresa extranjera a través de plataformas digitales, este contrato formaliza la relación comercial.
  • Suministro de Materias Primas: Una minera ecuatoriana vende concentrados de cobre a una fundición en Asia. El contrato incluirá análisis de calidad, volumen, precio basado en cotizaciones internacionales y el puerto de carga.

Marco Legal: La Ley que Rige el Comercio Internacional de Mercaderías en Ecuador

En Ecuador, las transacciones de venta internacional de mercaderías se rigen principalmente por:

  1. Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG, o Convención de Viena de 1980): Ecuador es parte de esta convención. La CISG se aplica automáticamente a los contratos de compraventa de mercaderías entre partes que tienen sus establecimientos en diferentes Estados Contratantes, a menos que las partes expresamente la excluyan. Su objetivo es uniformar el derecho de la compraventa internacional, facilitando el comercio.
  2. Incoterms® 2020 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI): Son reglas estandarizadas que definen las responsabilidades del vendedor y el comprador para la entrega de bienes, incluyendo los costos, riesgos y la logística. No son ley, pero se incorporan por referencia en los contratos y tienen un uso universal.
  3. Derecho interno (Código Civil y de Comercio Ecuatoriano): De forma supletoria, y solo en aquellos aspectos no cubiertos por la CISG o por el contrato mismo, se aplicará el derecho ecuatoriano si las partes lo han elegido, o si se determina su aplicación según las reglas de conflicto de leyes. Es crucial designar la ley aplicable en caso de que la CISG no cubra alguna especificidad o si una de las partes no es de un Estado Contratante.
  4. Leyes de Comercio Exterior y Aduaneras Ecuatorianas: Normas como la Ley Orgánica de Aduanas (COPCI) y sus reglamentos, que rigen la entrada y salida de mercaderías del territorio nacional.

Jurisprudencia: La jurisprudencia internacional y la local han reforzado la primacía de la CISG en las ventas internacionales. En Ecuador, los tribunales han reconocido la validez y aplicación de los Incoterms como usos comerciales. Las disputas suelen centrarse en la interpretación de los términos contractuales, la conformidad de la mercadería y el cumplimiento de los plazos y pagos, destacando la importancia de la precisión en la redacción del contrato.

Consejos Legales Expertos de LegalContratos Ecuador

Mi experiencia en LegalContratos me permite enfatizar que un contrato de venta internacional es más que un simple formulario; es la base sobre la que se construye una relación comercial transfronteriza exitosa. La previsión y el detalle son sus mejores aliados.

Nuestra experiencia con este contrato: Ejemplos de la vida real

Hemos asesorado a numerosas empresas ecuatorianas en sus transacciones internacionales, y hemos visto cómo una mala redacción puede generar problemas significativos:

  1. La Calidad No Especificada en Guayaquil: Una empresa ecuatoriana exportó camarón a un comprador asiático. El contrato no especificaba detalladamente la calidad (calibre, nivel de glaseado, etc.), solo “calidad estándar”. Al llegar la mercadería, el comprador alegó que no cumplía sus expectativas y rechazó una parte. Tuvimos que intervenir en una negociación difícil. La lección: Las especificaciones de calidad deben ser exhaustivas y medibles.
  2. El Incoterm Mal Entendido en Quito: Un importador en Quito acordó un Incoterm “FOB”, creyendo que el vendedor se encargaría del transporte hasta su bodega. Al enterarse de que solo era responsable hasta el puerto de embarque, tuvo que asumir costos logísticos imprevistos. Siempre insisto en la comprensión plena del Incoterm elegido, ya que define quién asume costos y riesgos en cada etapa.
  3. La Cláusula de Ley Aplicable Ambigua: Un contrato entre una empresa ecuatoriana y una de un país no signatario de la CISG no especificaba claramente la ley aplicable. Cuando surgió una disputa sobre el pago, se abrió un debate legal sobre qué ley nacional debía regir el contrato, lo que complicó y encareció el arbitraje. Mi recomendación es siempre especificar la ley aplicable y el método de resolución de disputas (arbitraje es lo más común).

Análisis detallado de cada cláusula

Cada cláusula en la minuta de Contrato de Venta Internacional de Mercaderías es vital:

  • Comparecientes: Identifica a las partes, sus domicilios y representación legal, unificando la jurisdicción.
  • Antecedentes: Describe el contexto comercial y el interés de las partes en la transacción.
  • Objeto del Contrato: Fundamental. Detalla la mercadería: producto, cantidad, especificaciones técnicas exhaustivas, empaque, embalaje, marcas. La ambigüedad aquí es la principal fuente de disputas.
  • Precio: Establece el valor total de la mercadería y aclara si incluye o excluye impuestos, aranceles, etc., según el Incoterm.
  • Condiciones de Entrega (Incoterm): Crucial. Define el Incoterm® 2020 elegido (ej., FOB, CIF, EXW, DDP), el lugar y la fecha estimada de entrega. Esto asigna costos y riesgos.
  • Forma de Pago: Especifica cómo y cuándo se pagará (anticipos, carta de crédito, transferencia, plazos), incluyendo la moneda y los datos bancarios.
  • Documentos de Embarque y Envío: Enumera los documentos que el vendedor debe proporcionar, esenciales para el despacho aduanero y la recepción de la mercadería.
  • Inspección y Aceptación de las Mercaderías: Establece el procedimiento y los plazos para que el comprador inspeccione la mercadería y notifique cualquier inconformidad.
  • Riesgo y Propiedad: Aclara el momento en que el riesgo de pérdida o daño se transfiere y cuándo se transmite la propiedad de la mercadería, generalmente vinculado al pago total.
  • Fuerza Mayor y Caso Fortuito: Protege a las partes de incumplimientos por eventos imprevisibles e irresistibles.
  • Penalidades por Incumplimiento (Opcional): Define las consecuencias económicas por retrasos en la entrega o el pago.
  • Independencia de las Partes: Aclara que no existe ninguna otra relación legal entre las partes más allá de la compraventa.
  • Confidencialidad: Protege la información sensible compartida.
  • Resolución de Controversias y Ley Aplicable: De máxima importancia. Designa la CISG como ley primaria, y una ley nacional subsidiaria. Además, establece el mecanismo de resolución de disputas (arbitraje es lo más recomendado en el comercio internacional) y el lugar e idioma del mismo.

Errores comunes a evitar

  • No usar Incoterms® 2020 o usarlos incorrectamente: Puede generar confusiones sobre costos, riesgos y responsabilidades.
  • Especificaciones de producto ambiguas: Conducen a desacuerdos sobre la calidad o características de la mercadería.
  • Omisión de cláusulas de fuerza mayor o penalidades: Deja a las partes desprotegidas ante imprevistos o incumplimientos.
  • No especificar la ley aplicable o el método de resolución de disputas: Genera incertidumbre y procesos legales más largos y costosos.
  • Documentación de embarque incompleta: Causa retrasos en aduanas y problemas en la recepción de la mercadería.
  • No establecer plazos claros para reclamaciones: Anula la posibilidad de objeciones por parte del comprador.

Su Negocio sin Fronteras, con Seguridad Jurídica: La Venta Internacional con LegalContratos Ecuador

El comercio internacional es el futuro de muchas empresas ecuatorianas. Sin embargo, para operar en este ámbito, la seguridad jurídica es su mayor activo. En LegalContratos Ecuador, nuestro equipo de abogados especializados en derecho internacional y comercio exterior está preparado para asesorarle en la redacción y negociación de sus Contratos de Venta Internacional de Mercaderías, asegurando que cada transacción sea un paso firme hacia la expansión y el éxito global de su negocio.

Autor: Carlos Efraín Chávez Mora, Director de LegalContratos Ecuador

Fecha de última revisión y actualización: 24 de junio de 2025.